domingo, 20 de noviembre de 2011

Un año de cárcel para el mosso que se saltó un semáforo en rojo matando a un motorista

Llevaba encendidas las luces del coche policial porque llegaba tarde a declarar a un juicio

BARCELONA, 9 (EUROPA PRESS)

La Audiencia de Barcelona ha condenado a un año de prisión el cabo de los Mossos d'Esquadra que atropelló mortalmente a un joven motorista en el barrio barcelonés del Poblenou después de saltarse un semáforo en rojo y con las luces del techo del coche policial encendidas con la justificación de que llegaba tarde a declarar a un juicio.

Sin embargo, Luis Alberto M. no será inhabilitado para su trabajo, tal y como pedía la acusación, al considerar el juez que no hubo "imprudencia profesional" pese a saltarse un semáforo en rojo con las luces del techo encendidas y a no ser en un servicio de emergencia.

El juez argumenta que el accidente no se debió a su falta de preparación como profesional sino a su imprudencia como conductor: "La posición del acusado como conductor del vehículo policial no difiere de la posición de cualquier conductor de un automóvil que no sea agente de policía", recoge la sentencia.

El 20 de marzo de 2009, el mosso conducía el vehículo policial en el que llevaba a dos compañeros juntos para declarar como testigos en un juicio que se iba a celebrar en la Audiencia de Barcelona, y al que llegaban tarde después de confundirse de dirección.

Decidió encender las luces policiales del techo del todoterreno --con la sirena apagada-- pese a estar prohibido al no tratrase de un servicio de urgencia, y, en el cruce de las calles Tànger y Roc Boronat, se saltó un semáforo a una velocidad de 20 o 30 kilómetros hora pese a no tener visibilidad al estar tapado por un camión, y atropelló al conductor de un ciclomotor que circulaba correctamente.

Condenan a 5 años de cárcel al conductor acusado de dos muertes en Valladolid

Valladolid, 17 nov (EFE).- El Juzgado de lo Penal número 2 de Valladolid ha condenado a cinco años de prisión a Antonio N.A., por un delito contra la seguridad vial en concurso con dos de homicidio imprudente, cometidos cuando arrolló con un todoterreno a una pareja que viajaba en un ciclomotor.

La sentencia, además de la prisión, establece siete años de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, y tiene en cuenta para establecer la pena el exceso de velocidad del acusado y la ingesta de bebidas alcohólicas, según han informado hoy a EFE fuentes jurídicas.

La vista oral, en la que el acusado reconoció la comisión de los hechos por los que le acusó el fiscal y pidió perdón a los allegados de las víctimas, se desarrolló por hechos ocurridos sobre las 23:45 horas del pasado 15 de abril, en la Avenida de Santander de Valladolid, junto a una fábrica azucarera.

En aquella fecha, Antonio N.A. ingirió alcohol y condujo a una velocidad excesiva, calculada entre 75 y 92 kilómetros por hora, en un tramo con limitación a cincuenta, según explicó en el juicio el representante del ministerio público, quien reclamó cuatro años de prisión por dos delitos de homicidio imprudente, mientras la acusación particular demandó ocho años y la defensa dos.

Además del exceso de velocidad, un perito que compareció en el juicio, se refirió al ingestión de alcohol del acusado en el momento del suceso, que calculó entre 1,2 y 1,37 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, lo que supone cinco veces más de la tasa permitida.