lunes, 22 de febrero de 2010

Ya es legal instalar en las motocicletas de enduro o trial una placa de matrícula más reducida

El 2010 nos trae nuevas reformas en el reglamento General de
Vehículos.
la Orden PRE/52/2010, de 21 de enero, por la que se modifican los
anexos II, IX, XI, XII y XVIII del Reglamento General de Vehículos,
aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre publicada
en el boletín oficial del estado el 23 de enero del presente año,
presenta la posibilidad de una nueva placa de matrícula, más reducida,
para determinado tipo de motocicletas.

En el anexo XVIII, sobre las placas de matrícula, se introduce una
nueva placa de matrícula para las motocicletas de dos ruedas de las
especialidades de trial y enduro, más reducida que la de motocicletas
ordinaria, para adecuarla a su diseño cada vez más estilizado, por lo
que la placa de matrícula de motocicleta ordinaria sobresale
notablemente.
La Disposición transitoria única sobre Vehículos matriculados con
anterioridad a la entrada en vigor de esta orden (seis meses desde su
publicación en el BOE), aclara que los titulares de las motocicletas de
dos ruedas de las especialidades de trial y enduro, de los vehículos
especiales y de los cuatriciclos ligeros y ciclomotores de tres ruedas
matriculados con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden
podrán sustituir, con carácter voluntario, las placas de matrícula que
tuvieran colocadas por las establecidas en la presente orden.
Como es la nueva placa de matrícula reducida:

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